Mesa Directiva

Art. 40. El Presidente y los Vicepresidentes componen la Mesa Directiva, por mandato de 2 (dos) años y podrán ser reelectos por una sola vez (PCPM, Art. 16. 2).

1. La Mesa Directiva será asistida por un Secretario Parlamentario y un Secretario Administrativo, quienes serán designados por el Plenario al inicio de cada período parlamentario.

Art. 41. La Mesa Directiva se reunirá en la sede del Parlamento.

1. La Mesa Directiva podrá reunirse en otros Estados Parte, en proceso de adhesión o Asociados, por decisión de la mayoría de sus integrantes.

Art. 42. En caso de imposibilidad o ausencia de todos los miembros de la Mesa Directiva, la Presidencia será desempeñada por el Presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos e Institucionales.

1. Si la imposibilidad fuere permanente, se procederá de inmediato a la elección de las nuevas autoridades, las que cumplirán el tiempo que faltare del período correspondiente.

Art. 43. A la Mesa Directiva compete:

a. Presentar anualmente al Plenario la propuesta de presupuesto hasta la tercera sesión de cada sub período ordinario;

b. Proponer al Plenario la organización administrativa, financiera, y el Estatuto del Personal y sus modificativas;

c. Autorizar los nombramientos, ascensos, traslados, destituciones y demás actos relativos al personal, en base a la reglamentación respectiva, para ser firmados por el Presidente;

d. Resolver acerca del reembolso de los gastos y el pago de la remuneración de los Parlamentarios y Parlamentarias;

e. Aprobar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias;

f. Aprobar la convocatoria de sesiones extraordinarias, a propuesta de cualquier miembro de la Mesa Directiva o de por lo menos un 25%(veinticinco por ciento) de los Parlamentarios y Parlamentarias;

g. Elaborar Propuesta de Código de Ética del Parlamento del MERCOSUR que será sometida al Plenario previa discusión e informe de la Comisión de Asuntos Internos;

h. Autorizar la realización de las reuniones de las comisiones en lugares distintos a la sede del Parlamento;

i. Establecer el número de integrantes y aprobar la integración de las comisiones permanentes y presentarla en la primera sesión ordinaria de cada sub período parlamentario;

j. Considerar y resolver los pedidos de pronto despacho y consultas de los grupos políticos, de los Parlamentarios y Parlamentarias y de las comisiones, los que deberán ser presentados por escrito;

k. Considerar y resolver acerca de los homenajes que deseen rendir los Parlamentarios y Parlamentarias en los términos de este Reglamento;

l. Elaborar los planes de labor Parlamentaria en conjunto con los coordinadores de los grupos políticos;

m. Autorizar a la Presidencia del Parlamento a cursar al Consejo del Mercado Común, solicitudes que propicien declarar de interés regional eventos o actividades a desarrollarse en una fecha determinada, que hayan merecido un informe sin disidencias ni observaciones de la comisión respectiva.

1. Las decisiones de la Mesa serán adoptadas por consenso.

 

Integrantes de la Mesa Directiva:

Jorge Taiana (Argentina) – Presidente

Arlindo Chinaglia (Brasil) – Vicepresidente

Tomás Bittar (Paraguay) – Vicepresidente

Daniel Caggiani (Uruguay) – Vicepresidente

Luis Emilio Rondón (Venezuela) – Vicepresidente