Mesa Directiva

 

La Mesa Directiva es compuesta por el Presidente y los Vicepresidentes, que poseen un mandato de dos años, pudiendo ser electos una sola vez (PCPM, Art. 16. 2)

La Mesa Directiva, generalmente, se reúne en la sede del Parlamento, pudiendo reunirse en otro Estado Parte, en proceso de adhesión o asociado, por decisión de mayoría de sus integrantes.

Las decisiones de la Mesa serán adoptadas por mayoría simple.

Según el art. 43 del Reglamento del Parlamento, a la Mesa Directiva compete:

a) Presentar anualmente al Plenario la propuesta de presupuesto en los primeros 4 (cuatro) meses del sub período ordinario de sesiones.

b) Proponer al Plenario la organización administrativa, financiera, y el Estatuto del Personal;

c) Autorizar los nombramientos, ascensos, traslados, destituciones y demás actos relativos al personal, en base a la reglamentación respectiva, para ser firmados por el Presidente;

d) Resolver acerca del reembolso de los gastos y el pago de la remuneración de los Parlamentarios y Parlamentarias;

e) Aprobar el orden del día;

f) Convocar a sesiones extraordinarias del Parlamento;

g) Elaborar y someter a consideración del Plenario el Código de Ética.

h) Autorizar la realización de reuniones de las comisiones en otros Estados Parte, en proceso de adhesión y Asociados.

i) Establecer la integración de las comisiones permanentes y presentarla en la primera sesión ordinaria de cada sub período parlamentario.

j) Considerar y resolver los pedidos de pronto despacho y consultas de los grupos políticos, de los Parlamentarios y Parlamentarias y de las comisiones, los que deberán ser presentados por escrito.

k) Considerar y resolver acerca de los homenajes que deseen rendir los Parlamentarios y Parlamentarias en los términos de este Reglamento.

l) Elaborar los planes de labor Parlamentaria en conjunto con los coordinadores de los grupos políticos.

m) Autorizar a la Presidencia del Parlamento a cursar al Consejo del Mercado Común, solicitudes que propicien declarar de interés regional eventos o actividades a desarrollarse en una fecha determinada, que hayan merecido un informe sin disidencias ni observaciones de la comisión respectiva.